El próximo 6 de abril de 2022 comienza la presentación de declaraciones de Renta del año 2021 y, como cada año, toca rendir cuentas con la Agencia Tributaria (AEAT).
Independientemente de que el resultado de la declaración de la renta sea a ingresar o a devolver, la AEAT te da la opción, hasta 31/12/2022, de aplicarte una deducción en el IRPF por mejoras en la eficiencia energética de tu inmueble.
En pocas palabras, el Estado te paga parte de las obras por querer mejorar el consumo energético de tu inmueble. Es decir, si consigues que tu inmueble consuma menos energía, el Estado te premia con una deducción.
¿Por qué me ayudan con las obras de mejora de eficiencia energética?
Lo estamos viviendo. El precio de la energía está por las nubes. Cada vez cuesta más conseguir recursos energéticos y la Unión Europea es consciente del problema que está paralizando la economía. Además, los europeos somos dependientes energéticamente de otros países.
El objetivo, por parte de la Unión Europea, está claro: hay que reducir la demanda de energía. Si conseguimos reducir el consumo energético de la Unión Europea conseguiremos reducir la demanda de energía y, si conseguimos reducir la demanda de energía, también conseguiremos influir en el precio de la energía a nivel mundial.
Todavía hay mucho camino por recorrer pero hay que empezar ya por cambiar el modelo energético de la Unión Europea y fomentar la transición energética hacia un modelo que, por ejemplo, fomente las energías renovables (solar, eólica, hidráulica…).
No obstante, antes de empezar, debemos analizar quién es responsable del consumo energético a nivel europeo y si quién consume esa energía lo hace de la forma más eficiente posible. El hecho es que las edificaciones europeas son unas de las principals responsables del consumo de energía y, la mayoría de ellas (el 80%), están obsoletas y se construyeron sin tener en cuenta criterios de eficiencia energética.
Por ello, desde la Unión Europea, y gracias las modificaciones normativas oportunas, se fomenta que se realicen obras o mejoras que permitan mejorar la eficiencia energética de los inmuebles.
¿Qué acciones puedo realizar para mejorar la eficiencia energética de mi vivienda?
La respuesta correcta es: depende.
Sí, depende de cómo esté tu vivienda en este momento: ¿Es una edificación nueva? ¿Se han hecho mejoras o obras? ¿Se han cambiado ventanas? ¿El sistema de calefacción o refrigeración ha cambiado?
Podrás beneficiarte de una deducción sobre la renta si consigues mejorar porcentualmente el consumo energético de tu vivienda. Todo se mide respecto el origen (primer certificado de eficiencia energética) y su mejora (segundo certificado de eficiencia energética).
En definitiva, si tu vivienda, actualmente, es muy ineficiente desde el punto de vista de eficiencia energética tendrás muchas opciones de mejorar. Ahora bien, si cuentas con una vivienda de nueva construcción que disponga de una calificación energética con letra «B» o «A» será difícil mejorar la eficiencia energética puesto que ya partes de una muy buena base.
Cada vivienda es un mundo y necesita ser analizada detenidamente para averiguar qué acciones podrían realizarse para mejorar la eficiencia energética.
Nuestra recomendación es que obtengas un certificado de eficiencia energética para averiguar las recomendaciones que se muestran en él para que puedas mejorar la eficiencia energética del inmueble.
¿Cómo demuestro que he conseguido reducir mi consumo energético?
Muy fácil, mediante el certificado de eficiencia energética o certificado energético podemos calcular el consumo energético de un inmueble en condiciones normales de funcionamiento.
Como hemos comentado, harán falta dos certificados de eficiencia energética. Uno antes de realizar la mejora energética y otro después con el que se pueda calcular porcentualmente la mejora conseguida en términos de ahorro de energía y reducción de emisiones de CO2.
Aprovecha la ocasión y déjate aconsejar por certificadores energéticos que te ayudarán a conseguir que consumas menos energía en tu vivienda, ahorres dinero (el precio de la energía está por las nubes) y reduzcas tu huella de carbono en el planeta.
Adquirí mi piso en Marzo de 2020, con su correspondiente certificado energético. El 29 de octubre de 2021 cambié la caldera antigua del 2003 por una nueva de condensación a través de Endesa, y tengo entendido que me puedo deducir un 20 o 40% del coste según el ahorro energético, pero necesito un nuevo certificado energético que en su momento no me dieron. Dispongo de factura, contrato y parte de instalación con fecha 29-10-2021. Creo que para la declaración necesito que el certificado sea de 2021, por lo que agradecería me informe si se puede hacer de esa fecha o ya he perdido la oportunidad de desgravármelo. Y en caso de que se pueda, me contacte para hacer las gestiones. Un saludo.
Buenas tardes Sergio, gracias por tu comentario.
Entendemos que un único cambio de caldera (por una de condensación), difícilmente, conseguiremos una mejora energética significativa en cuanto a reducción de consumo energético.
Tendríamos que analizar el tipo de caldera que has instalado y analizar también el primer certificado de eficiencia energética (punto de partida) y el que realizaríamos ahora (con fecha actual) para que, si corresponde, te puedas aplicar la deducción para el año en curso (Declaración de Renta del Año 2022).
Si te parece bien, por favor, selecciona una de nuestras ofertas de certificados de eficiencia energética o pide presupuestos sin compromiso para que podamos contactar contigo por teléfono e informarte sin compromiso.
Saludos.
Buenas tardes,
Tengo que solicitar un Certificado de Eficiencia Energética de mi vivienda,
para así poder optar a unas ayudas por la instalación de placas solares.
El problema que tengo es que necesito que el certificado energético este
emitido con fecha anterior a la instalación de las mismas, que se realizó
el pasado 02-08-2022. ¿Es posible emitir un CEE con fecha anterior a esa
fecha?
Quedo a la espera de su respuesta para realizarles el encargo.
Gracias por su atención.
Un saludo.
Buenos días Vicente, gracias por tu consulta.
Lamentamos informarte que NO es posible emitir un certificado de eficiencia energética (CEE) con fecha anterior a la que se realiza la visita al inmueble puesto que el técnico desconoce las características del inmueble en una fecha anterior (no las podría verificar).
Ten en cuenta también que todos los certificados de eficiencia energética deben ser registrados ante el órgano responsable de cada Comunidad Autónoma. Al registrarlo consta una fecha de registro pública que la Agencia Tributaria (AEAT) podría consultar e invalidar la solicitud de ayuda si la fecha del certificado energético fuera posterior a la mejora energética realizada.
No dudes en contactarnos para cualquier otra consulta o sugerencia.
Muchas gracias.
Buenos días,
Tengo el certificado energético emitido a la entrega de la vivienda en 2015 y validez 2025.
En 2022 realicé instalación para mejoras eficiencia energética por energías renovables, por lo que solicitaré el nuevo Certificado.
Hay algún problema en optar por las ayudas o bonificación en IRPF por la fecha del anterior certificado, puesto que han pasado 6 años?
Gracias
Buenos días, gracias por tu comentario.
Con los datos que nos facilitas, nos encantaría decirte que no existe ningún problema para optar a las ayudas o bonificación en IRPF.
No obstante, revisada la web de la AEAT, vemos que se establece lo siguiente:
En otras palabras, según la web de la AEAT para la desgravación se exige el certificado de eficiencia energética sea expedido en los 2 años anteriores a las obras. Lo lamentamos.
Aún con todo te recomendamos que contactes con tu asesor fiscal o, directamente, con la AEAT para salir de dudas.
Saludos.
Buenas noches.
Os comento mi caso a ver si me podéis aclarar la duda. Instalé placas solares el 09/09/22. La visita del técnico para la emisión del Certificado Energético antes de la instalación me la hizo el 06/09/22, si embargo no me ha generado el Certificado hasta el 18/10/22 y lo ha registrado con fecha 19/10/22. ¿Con estas fechas tendría derecho a aplicarme la deducción correspondiente en el IRPF?, y por otro lado, ¿podría solicitar la subvención por eficiencia energética?. Con el Certificado Posterior a la instalación no veo problemas en las fechas. Muchas gracias.
Buenas José Antonio, gracias por tu consulta.
En la normativa donde se regula las deducciones por mejora de la eficiencia energética, concretamente, en el apartado 5 de la Disposición adicional quincuagésima, «Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas», de la Ley 10/2022, de 14 de junio, se estable lo siguiente:
Como verás en el certificado de eficiencia energética, constan dos fechas:
– La fecha de expedición: cuando firma el técnico la certificación.
– La fecha de registro: fecha en la que se registra públicamente el certificado de eficiencia energética en el Registro público de tu Comunidad Autónoma.
Entonces, de la normativa se puede considerar la fecha de expedición del certificado de eficiencia energética la que marque el límite temporal para aplicarte la deducción.
No obstante, tu caso es muy particular dado que la visita del técnico se hizo antes de realizar la instalación de las placas solares y entendemos pues que el certificado de eficiencia energética emitido al inicio no considera las placas solares. Por ello, te aconsejamos que, para salir de dudas, contactes con tu asesor fiscal o, directamente, con la Agencia Tributaria para averiguar si tienes derecho a aplicarte una deducción o solicitar una subvención.
Muchas gracias.
Buenas noches José Antonio,
Tengo la misma duda que tú.
Tengo el certificado antes de las placas hecho pero sin registrar hasta pasados 2 meses.
¿Has podido averiguar si te puedes aplicar la deducción correspondiente en el IRPF?
Gracias de antemano
Un saludo
Buenas tardes. En mi caso compramos una vivienda a finales de 2019, y en 2020 le realizamos una obra integral, donde cambiamos todas las instalaciones, electrodomesticos, ventanas para mejorar la eficiencia, etc. Pero no disponemos de un certificado de eficiencia energética de antes de la obra. ¿Hay alguna manera para poder beneficiarme por la obra realizada para la mejora de la eficiencia energética?
Buenas Laura,
En el caso que nos comentas, entendemos que NO es posible aplicarse la deducción puesto que las obras se realizaron antes del 06/10/2021 cuando entraron en vigor las deducciones por mejora de la eficiencia energética de acuerdo con lo dispuesto, en varios apartados, de la «Disposición adicional quincuagésima. Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas» de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF.
No dudes en contactarnos para cualquier otra consulta o sugerencia.
Muchas gracias.
Hola: Tengo el primer certificado energético con fecha octubre del 21 y ahora estoy haciendo obras y no se si acabarán en este mes de diciembre. Mi duda es, ¿el segundo certificado y las facturas tienen que ir registradas antes del 31 de diciembre de 2022? gracias
Buenas Virginia, gracias por tu consulta.
La fecha del segundo certificado de eficiencia energética marcará el período en el que te puedes aplicar la deducción.
Es de decir, en tu caso, si las obras finalizan antes de 31/12/2022 y la fecha de expedición del certificado de eficiencia energética es antes de finalizar el año 2022, entonces podrás aplicarte la deducción en el presente fiscal año fiscal (2022). Ahora bien, si el año del segundo certificado de eficiencia energética es de 2023, corresponderá aplicarte la deducción en el siguiente año al inicio de las obras.
Para más información, consulta la «Disposición adicional quincuagésima. Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas» de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, donde se establece, entre otros, que:
No dudes en contactarnos de nuevo para cualquier otra consulta.
Muchas gracias.
Buenos dias, mi consulta es la siguiente, me hicieron un CEE en febrero de 2022 antes de colocalar las placas solares a modo de consulta, pero el cee no se registro en la comunidad autonoma correspondiente. Ahora me han realizado el cee despues de instalar las placas. El primer CEE tiene que estar registrado ?
Buenos días, gracias por tu consulta.
En efecto, los certificados de eficiencia energética deben estar registrados como establece el apartado 5 de la Disposición adicional quincuagésima, «Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas», de la Ley 10/2022, de 14 de junio:
No obstante, para salir de dudas, por favor, consulta directamente a la Agencia Tributaria.
Muchas gracias.
Puse placas solares, la visita del técnico fue 2 días antes de la instalación, pero el certificado lo registró una semana después. La fecha de visita consta en el certificado.
Posteriormente hizo el otro certificado.
En resumen. Tengo los 2 certificados (uno con la visita antes de instalación y otro con la visita después de la instalación). Pero ambos certificados están registrados después de la instalación. ¿Hay algún problema?
Muchas gracias
Buenas Álvaro, gracias por tu consulta.
Consultando la normativa, apartado 5 de la Disposición adicional quincuagésima, «Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas», de la Ley 10/2022, de 14 de junio; vemos que se establece lo siguiente:
Queda claro pues que los certificados de eficiencia energética deben ser expedidos antes de la instalación. No obstante, cabría interpretar que considera la Agencia Tributaria con «expedidos» que, según la RAE, significa: «Dar curso o salida a un documento o una orden.»
Tu caso es algo peculiar y podría tener diversas interpretaciones. Por sentido común, si la visita se realizó antes de la instalación tendría sentido que pudieras acogerte a la deducción sin problemas pero, seguramente, la AEAT tendrá establecido su criterio interno para evitar malas praxis o fraude. Por eso, te recomendamos que contactes directamente con la AEAT para salir de dudas.
Esperamos haberte ayudado. ;)
Saludos.
Buenas tardes.
A efectos de desgravación de una obra con afección energética, ¿qué sentido tiene que Hacienda te pida un Certificado con una fecha concreta en los dos años anteriores si el Certificado tiene una validez de 10 años y, por tanto, podría ser anterior?
No hay ningún proceso para acreditar que ese Certificado en la fecha en que lo pide Hacienda sigue siendo perfectamente válido? Y esta acreditación quede registrada claro.
Buenas Carmen,
Tu reflexión es perfectamente lógica y es natural que te lo cuestiones. Nosotros también nos lo hemos preguntado.
Dado que en 8 años (10 de vigencia, menos los 2 que pide Hacienda como mínimo espacio temporal) un inmueble puede haber sido objeto de diversas mejoras (no solo energéticas) quizá, el legislador quiso acotar más a la realidad del inmueble, en términos energéticos, a una fecha cercana a la que se pueda aplicar la deducción por mejora energética y premiar a aquellos propietarios que realizaran un esfuerzo económico en fechas próximas a la deducción.
Finalmente, comentarte que no conocemos ningún proceso para registrar un certificado de eficiencia energética de forma retrospectiva. Es decir, no es posible registrar un certificado de eficiencia energética con fecha anterior a la que se redacta el certificado.
Parece una medida totalmente arbitraria y punitiva más que una recompensa. Es absurdo quedarse fuera por la fecha del certificado anterior cuando lo importante es la mejora de la eficiencia energética . Francamente me parece una cosa sobre la que habría que instigarles a recapacitar. Se nos obliga a tener un certificado para comprar un vender una vivienda y cuando podemos utilizarlo para algo su validez real se ve aleatoriamente modificada. Es para recurrirlo,
Por no hablar de ayudas anunciadísimas que tampoco se otorgan.
Hola buenas tardes,
He colocado placas solares y como no tenia ni idea pues he realizado las obras y no he pedido ningún certificado.
Me he enterado de todo esto ahora a la hora de hacer la declaración a hacienda.
Con lo cual no tengo ningún derecho a deducción en el IRPF verdad.
Gracias.
Un saludo
Buenas tardes Manolo,
Si dispones de un certificado de eficiencia energética previo a la instalación de las placas solares o de las obras (quizá cuando compraste la casa te lo dieron con las escrituras porque es obligatorio obtenerlo desde 2013) y emitido como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras o instalación podrías aplicarte la deducción en el IRPF consiguiendo un nuevo certificado de eficiencia energética que, comparándolos (el previo con el nuevo), pudieras demostrar la reducción de consumo energético de tu inmueble con las mejoras energéticas realizadas.
Si te encuentras en otra casuística, te recomendamos que contactes con Hacienda para salir de dudas.
Saludos y suerte.
Buenos días,
Instalé placas fotovoltaicas en septiembre de 2022. Tengo los certificados de eficiencia energética anterior y posterior a la instalación. En ellos se aprecia (en el anexo 2.2) que el indicador global ha variado de 126.e a 51.7c, por lo que hay una mejora superior al 30%. En Hacienda me dicen que como los indicadores parciales que aparecen en el mismo punto no han variado de un certificado a otro, está mal el último que me han emitido. Me podrían ayudar?
Gracias y saludos
Buenas Mónica,
Nuestra recomendación es que contactes con el certificador energético que emitió el certificado de eficiencia energética para que subsane el error que nos comentas.
Saludos.
buenas tardes
Estoy en el mismo caso creo que varios de los usuarios. En mi caso vino un técnico a hacer el certificado previo pero no lo registró. cuando lo llamé para hacer el nuevo Registró los dos (el nuevo y el viejo) pero en el certificado aparece fechas nuevas pero con fechas de visita distintas. ¿Podría tener algun problema?
Gracias y un saludo
Buenas tardes Javier,
Tu caso es muy similar al que comentó José Antonio. La clave está en que se entiende por fecha de expedición.
Mira nuestra respuesta completa sobre nuestra interpretación sobre la fecha de expedición del certificado de eficiencia energética.
Aún con todo, nuestra recomendación es que contactes con la Agencia Tributaria y expliques tu caso para averiguar si hubiera algún problema en la aplicación de la deducción por mejora energética.
Muchas gracias.
Buenos días.
Compré una casa en 2014 en que se adjuntó el certificado energético.
En junio de 2022 instalamos placas solares, pero no se realizó ningún certificado energético previo en los 2 años anteriores.
Sería posible pedir la deducción con el certificado energético de cuando compramos la vivienda y solicitando ahora un nuevo certificado?
O por el contrario, dado que hace más de 2 años del certificado previo de la casa, no podemos pedirlo? Entiendo que si el certificado energético de la vivienda es valido 10 años, podríamos poder demostrar la mejora en eficiencia energética emitiendo ahora (tras la instalación de las placas solares) un nuevo certificado.
Muchas gracias
Buenas tardes Víctor,
Con la información que nos facilitas entendemos que, lamentablemente, no sería posible aplicarse la deducción puesto que el certificado energético anterior tiene una antigüedad superior a los 2 años.
Según la Agencia Tributaria para la desgravación se exige el certificado de eficiencia energética sea expedido en los 2 años anteriores a las obras. Nos obstante, contacta con la AEAT para salir de dudas.
Saludos.
Buenas tardes.
Ven ustedes alguna posibilidad de pedir responsabilidades a la empresa instaladora de mis placas solares por no informarme sobre la exigencia de los dos certificados energéticos a efectos de deducción irpf? .La verdad es que yo tampoco estuve diligente, ya que en dos presupuestos que anteriormente solicité sí me informaban, pero a mi se me pasó porque tengo una vida bastante complicada .Lo hice con una nueva empresa y ésta nada me reseñaba en el presupuesto que me dió-.Hombre algo tenían que haberme indicado no? Infinitas gracias de antemano.Podrían dirigirme a alguien que me asesorara si no es asunto de su competencia?
Buenos días, lamentamos lo que le sucedió.
Respecto su consulta, desconocemos si es posible pedir responsabilidades a la empresa instaladora de sus placas solares. No obstante, si lo desea, puede realizar la consulta en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de su localidad o en la Dirección General de Consumo de su Comunidad Autónoma. Puede ver más información aquí.
Saludos.
Hola, yo tengo un certificado del 2019. Comencé las obras de reforma de la casa en 2020 cambiando fontanería e instalación eléctrica que me servirian para finalmente poner placas solares en 2022 y aerotermia en el 2023. Todo demostrable con facturas. Podría conseguir la desgravación del IRPF por mejora de la eficiencia energética con la aerotermia?
Gracias
Un saludo
Buenos días Felipe José,
Tu consulta es muy interesante. En principio, si las obras iniciadas en 2020 son consideradas necesarias para mejorar la eficiencia energética de tu inmueble por el inspector fiscal, estarías cumpliendo con los requisitos de la AEAT. La normativa fiscal establece que el primer certificado de eficiencia energética debe ser emitido con una anterioridad máxima de 2 años al inicio de las obras.
Sin embargo, te recomendaría que consultes con tu consultes a tu asesor fiscal o contactes con la AEAT para salir de dudas.
Saludos.
Buenas tardes!
Creo que puedo optar a la deducción por mejora de eficiencia energética pero me surgen algunas dudas… compre mi vivienda en julio de 2022 y tengo un certificado de eficiencia energética g, bajísima… evidentemente con una inversión que hicimos en 2023 en aislante de 6000€, en ventanas de 20000 y en calefacción y refrigeración de otros 7000€ hemos mejorado notablemente la eficiencia de nergetica de nuestra vivienda unifamiliar. no tengo mi certificado de eficiencia actual porque aún no hemos terminado las obras pero creo que si lo solicito, podría desgravarme algo en este ejercicio. He preguntado al técnico dice que estaríamos ahora en una clase B/A pero antes de invertir otros 200€ en un certificado, me gustaría asegurarme de reunir los requisitos y sobre todo saber si es válido un certificado visado por industria del mismo tipo que los que se expiden para la compraventas o tiene que ser de otro tipo para saber si mi arquitecto puede hacerlo o tengo que buscar algo más específico. Gracias de antemano
Hola María! Gracias por tu consulta. ;)
La única manera de saber si se reúnen los requisitos es comparando 2 certificados de eficiencia energética. El inicial versus el posterior a las obras. Si se acredita la mejora energética según indica la Ley del IRPF, podrás optar a la deducción.
Por otra parte, no hay distinción de certificados de eficiencia energética según su finalidad (venta, alquiler, para pedir subvenciones, deducciones…). Todos los certificados de eficiencia energética son iguales e indican características objetivas sobre el inmueble referido en él.
Saludos!
Genial muchas gracias!
Eso si se acredita, sin duda hemos subido de nivel… se podría pedir el certificado después, en el caso de que me lo pidan en hacienda? De que importe estaríamos hablando de devolución/deduccion si hemos pasado de una categoría G a una A? Por saber si merece la pena gastar el dinero del certificado nuevo. Creo que podríamos acogernos al maximo ya que por lo que he leído son 5000 y nosotros hemos gastado más de 30000
Buenas de nuevo María!
Para poder aplicarte la deducción deberás introducir datos que contiene el certificado de eficiencia energética (como la fecha de expedición) en la declaración de renta. Un inspector de hacienda, en caso de inspección, te pedirá que facilites copia de los certificados de eficiencia energética para acreditar la información que introdujiste en la declaración de la renta.
El importe de deducción/devolución dependerá, entre otros, de tu nivel de ingresos declarados. La deducción impacta de diferente modo según el contribuyente. Nuestra recomendación es que hagas una simulación con el programa PADRE (Programa de Ayuda Declaración de la Renta) o consultes directamente con tu asesor fiscal.
Saludos.
Buenos días,
Querría realizar solicitud de certificación energética encaminada a desgravación fiscal por la instalación fotovoltaica de placas solares.
Si la producción de agua caliente sanitaria (ACS) y calefacción se realiza mediante una caldera de gas natural, podré acogerme a la deducción del IRPF?
Muchas gracias.
Muy buenas Nicolás,
De acuerdo a tus comentarios, debido a que la instalación fotovoltaica no impacta en la calificación energética, solicitar el certificado de eficiencia energética después de la mejora carecería de sentido, ya que no sería posible demostrar dicha mejora. En otras palabras, la calificación energética obtenida sería la misma que la indicada en el certificado previo a la instalación fotovoltaica.
Saludos.