Inmobiliarias obligadas a mostrar el certificado energético

La obligación de mostrar el certificado energético por parte de las agencias inmobiliarias es un tema que, hasta ahora, no se había tomado muy en serio. Pero, el reciente Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, plantea cambios y ahora no es tan fácil ignorar este requisito fundamental. El incumplimiento comporta multas. Aquí te explicaremos las razones por la que ahora las inmobiliarias en España no podrán librarse de informar la calificación energética de los inmuebles. ¿Por qué algunas agencias inmobiliarias no mostraban el certificado energético? Entre las diferentes tareas de una agencia inmobiliaria se encuentra la intermediación entre propietarios de inmuebles y futuros compradores o inquilinos. Su trabajo es fundamental para facilitar y asesorar en la compraventa. En cuanto al certificado energético, a pesar que las agencias inmobiliarias solicitaban el documento a los propietarios, éstos preferían esperar hasta el final para cumplir con el requisito. Es decir, solo realizaban el trámite al tener un comprador o arrendatario seguro y así evitaban desembolsar dinero sin la certeza de concretar la operación.   Certificado energético obligatorio, pero no prioritario. Disponer la etiqueta de eficiencia energética de los inmuebles colocados en venta o alquiler es obligatorio desde la aparición del ya derogado Real Decreto 235/2013, de 5 de abril. En este Real Decreto ya se establecía que se debe disponer del certificado de eficiencia energética en los inmuebles existentes en condición de alquiler o venta y no únicamente en los de nueva construcción. La finalidad de ésto es que el posible comprador o arrendatario fuera consciente del consumo energético del inmueble antes de tomar la decisión de alquilarlo o comprarlo. Sin embargo, hasta ahora, la eficiencia energética no era un factor decisivo [...]