Una duda recurrente que surge en la compra/venta de inmuebles es esta: ¿Es posible vender SIN un certificado energético? Te daremos las respuestas aquí.

Para vender un piso, casa e incluso otros inmuebles es necesario tener el Certificado de Eficiencia Energética sino es muy posible que la compra-venta se frene.

Esto es obligatorio disponer del certificado energético para poder vender un inmueble desde el año 2013 en toda España y, de hecho, la normativa actual de certificación energética, Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, se establece que es preciso mostrar la etiqueta de eficiencia energética para cualquier promoción inmobiliaria.

etiqueta energética

 

¿Se puede vender un inmueble SIN un Certificado Energético?

La respuesta parece que es, obviamente, NO, la Ley es muy clara en este sentido. El Certificado de Eficiencia Energética es un requisito que no se puede ignorar al momento de la venta.

Es un derecho del cliente (posible comprador) conocer la calificación energética. Es decir, el futuro comprador tiene el derecho de conocer la letra energética asignada al inmueble (siendo ‘A’, la más eficiente y ‘G’ la más ineficiente) para poder comparar con otros inmuebles de la zona. Sin el certificado de eficiencia energética el futuro comprador no podría comparar. Por ello, el propietario está en la obligación de mostrarlo.

Con el certificado de eficiencia energética de un inmueble se puede estimar el consumo energético mínimo requerido de un inmueble en condiciones normales de funcionamiento y estimar así cuánto dinero cuesta, al año, la energía que consume un inmueble determinado.

Aún con todo es importante señalar que existen algunas excepciones y solo en estos casos no es necesario contar con el certificado energético.

¿Cuándo NO es obligatorio tener el Certificado Energético para vender?

Existen situaciones en las que sí es posible concretar la venta sin tener la etiqueta de calificación energética según lo dispuesto en la normativa.

Por ejemplo, si la operación de compra-venta involucra una edificación destinada a demolición, bien sea por obsolescencia o cualquier otro motivo demostrable, entonces no sería preciso tener el certificado energético.

Los casos específicos en los cuales no existe obligatoriedad son los siguientes:

  • Edificios y monumentos protegidos oficialmente.
  • Edificios o su parte con fines de culto y /o actividades religiosas.
  • Construcciones provisionales.
  • Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos.
  • Edificios o partes de edificios aislados con superficie útil total menor a 50 m2. Por ejemplo, la típica casa de jardín… etc. Los pisos de menos de 50m2 sí que están obligados puesto que no están aislados.
  • Edificios sujetos a grandes reformas o demolición.
  • Edificios existentes o sus partes con usos limitados.

¿Cuándo se necesita este documento en una compra-venta?

Ten en cuenta que si tu inmueble no está catalogado entre alguno de los señalados en las excepciones entonces sí tendrás que hacer el trámite. Concretamente, en un proceso de compra/venta, será necesario en dos momentos claves:

  • Publicitar el inmueble

¡Se debe informar de cuánto consumo energéticamente ese inmueble!

La Ley establece que la etiqueta de eficiencia energética debe ser parte de la información que contiene cualquier promoción inmobiliaria. Es decir, al colocar tu inmueble en un portal web de ventas, catálogo, aviso o cualquier otro tipo de anuncio publicitario, estarás obligado a mostrar la calificación energética del inmueble.

  • Concretar la venta

¡El notario te pedirá el certificado de eficiencia energética!

Para concretar la venta del inmueble debes poseer de manera inexcusable el Certificado de Eficiencia Energética del inmueble. Sin él, no será posible formalizar la venta del inmueble.

Este documento forma parte de los requisitos obligatorios que debes presentar ante el notario o registrador para poder llevar a cabo la venta.

¡No disponer del documentó conlleva multas!

  • Publicar el inmueble SIN tener la correspondiente etiqueta de eficiencia energética puede conllevar multas leves que oscilan entre los 300 y 600 euros.
  • Vender una vivienda o cualquier otra edificación que necesite del certificado energético SIN presentarlo puede ser causal de faltas graves y las multas son superiores a 600 euros.

Mejor prevenir, solicita el Certificado Energético

Si por alguna razón se llegase a concretar la venta de un inmueble sin este documento te podrás enfrentar a consecuencias que van más allá de una simple multa.

El comprador tendría el derecho de solicitar que la venta sea nula, solicitar una rebaja en el precio o responsabilizarte por daños ocultos.

En todo caso, es mejor prevenir que lamentar y tener que asumir responsabilidades mayores cuyo coste puede ser superior a lo que saldría tramitar el certificado de eficiencia energética.

Además, el certificado energético, salvo tengas una letra ‘G’, caduca a los 10 años de su emisión. Si el inmueble es calificado energéticamente con una ‘G’, peor calificación energética, entonces caducará a los 5 años de su emisión. En cualquier caso, será difícil que tardes más de 5-10 años en vender tu inmueble y lo más acertado sería solicitar la certificación energética lo antes posible.

¿Qué pasa si NO dispones certificado energético?

Si todavía no dispones del certificado energético de tu inmueble (vivienda, oficina o local) debes saber que solicitarlo es un procedimiento muy sencillo obtenerlo.

Los pasos para obtener el certificado energético son los siguientes:

  • Escoge una de las ofertas de certificados energético o solicita presupuesto, sin compromiso, a varios certificadores energéticos.
  • Analiza, compara, elige y contrata al que prefieras.
  • El certificador energético realizará la inspección del inmueble y emitirá un informe.
  • Registra este documento ante la autoridad competente de tu Comunidad Autónoma. Este trámite es mejor que lo realice el certificador energético. Ahorrarás tiempo y dinero.
  • El plazo de emisión por parte del certificador energético puede ser de 2 a 3 días, sin embargo, el registro depende de cada Comunidad Autónoma. Consulta a tu certificador energético el tiempo estimado de registro.

¿Cuánto cuesta tramitar este documento?

Si deseas saber ¿Cuál es el coste de tramitar la certificación energética?, solo tienes que consultar a los técnicos competentes disponibles en Certificado de Eficiencia Energética.

Ante cualquier duda, solo contáctanos de inmediato. Siempre estaremos dispuestos a atenderte y responder tus inquietudes.