Uno de los documentos necesarios para vender o alquilar un inmueble en la actualidad es el certificado de eficiencia energética.  Si quieres descubrir ¿Qué es? ¿Para qué sirve? y ¿Cómo saber si un certificado energético es oficial o legal? Sigue leyendo…

Conocer el comportamiento energético de tu vivienda no es un capricho sino que es absolutamente necesario y obligatorio. De hecho, se considera una infracción grave no poseer este certificado ante cualquier proceso de compra venta o alquiler de un inmueble y el propietario que lo evada puede ser sancionado con multas de considerables sumas.

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¿Qué es un certificado energético oficial o legal?

En el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio se expresa de manera clara el concepto de un Certificado de Eficiencia Energética de edificio existente.

Explicando que se considera como la documentación suscrita por el técnico competente la cual contiene información sobre las características energéticas, la calificación de eficiencia energética y las recomendaciones de posibles intervenciones a realizar en el edificio evaluado o parte del mismo.

El objetivo del certificado de eficiencia energetica es buscar la mejora de los niveles óptimos o rentables de eficiencia energética

En ese certificado se expresa la calificación de la eficiencia energética que es determinada de acuerdo con la metodología de cálculo establecida siguiendo para ello un procedimiento básico para conseguir los indicadores energéticos.

Existe una única escala que califica los edificios por letras, desde la A para los más eficientes hasta la G, que se le otorga a los menos eficientes.

¿Cuándo un certificado energético es legal u oficial?

Para que un certificado energético sea legal u oficial este debe cumplir con todos los parámetros exigidos de acuerdo al Real Decreto 390/2021, de 1 de junio.

Por ende, su elaboración debe seguir un procedimiento y metodología acorde a las normativas, debe ser elaborado por un técnico competente y a su vez el informe debe contener una serie de elementos fundamentales.

Otro detalle relevante es que para que el certificado energético sea valido debe estar debidamente registrado.

¡Para que el certificado de eficiencia energética sea legal debe estar registrado!

En el artículo 6.6 del referido Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, detalla que el certificado y el informe de evaluación energética del edificio en formato electrónico (XML), tienen que ser presentados ante el órgano competente de la comunidad autónoma en materia de certificación energética de edificios. Concretamente, la norma establece literalmente que:

Para que el certificado de eficiencia energética del edificio tenga validez legal tiene que estar debidamente registrado.

Concretamente el artículo 6.6 antes referido establece literalmente:

El certificado de eficiencia energética del edificio, junto con el informe de evaluación energética del edificio en formato electrónico (XML) deben presentarse, por el promotor, propietario, o la persona autorizada por los mismos, al órgano competente de la comunidad autónoma en materia de certificación energética de edificios, para el registro de estas certificaciones en su ámbito territorial. Para que el certificado de eficiencia energética del edificio tenga validez legal tiene que estar debidamente registrado. El plazo para la presentación del certificado será el establecido por la comunidad autónoma o las ciudades de Ceuta y Melilla donde se ubique el edificio

Esto tiene como finalidad realizar su registro, facilitando las labores de control técnico y administrativo e inspección.

El órgano competente de la comunidad autónoma en esta materia puede poner a disposición del público registros actualizados de técnicos competentes o de empresas que ofrezcan los servicios de expertos de este tipo.

El plazo para llevar a cabo la presentación de la documentación en el registro es variable, cada comunidad autónoma puede fijar lapsos distintos, así como condiciones distintas para el registro , o en su defecto, de un mes a contar desde su fecha de emisión.

Certificado Energético en vigor

De acuerdo al a normativa los Certificados de Eficiencia Energética tienen una caducidad de 10 años, esto es aplicable a todo aquellos que fueron registrados hasta el 2 de junio de 2021.

Mientras que los certificados registrados a partir del 3 de junio de 2021 tienen una vigencia que va 5 a 10 años, todos aquellos inmuebles que tengan una calificación G caducaran a los 5 años.

¿Qué elementos debe disponer la certificación energética para que sea legal?

  1. Documento específico de Certificado de Eficiencia Energética del edificio.
  2. Etiqueta de Eficiencia Energética.
  3. Informe de evaluación energética del edificio en formato electrónico (XML).
  4. Documentos o ficheros digitales necesarios para la evaluación del edificio en los procedimientos de cálculo utilizados.
  5. Anexos y cálculos justificativos que permitan la interpretación de la evaluación energética del edificio.
  6. Recomendaciones de uso para el usuario (de ser necesarias), estas a su vez deben ser técnicamente viables y deben señalar los plazos de recuperación de la inversión y demás detalles relevantes.

Todo esto se detalla en el artículo 8 del Real Decreto 390/2021, y se especifica que existen modelos oficiales para los tres primeros elementos indicados en este listado, estos son los que serán reconocidos ante los organismos competentes.

Con respecto a la sección f) (recomendaciones), el documento debe tener la información dirigida al propietario, al promotor, al arrendatario, a la empresa mantenedora, al auditor energético o al proveedor de servicios energéticos incluyendo la relación de costos versus eficacia de las acciones propuestas

Es ideal proporcionar al propietario o arrendatario información sobre otros temas análogos, tales como auditorías energéticas o incentivos de carácter financiero de los cuales podría ser participe.

Estos son los documentos que se incorporan en las recomendaciones de uso:

La sección de recomendaciones es un complemento de la información del certificado, debe tener carácter práctico para el usuario.

El objetivo es informar y llamar a la conciencia para incentivar un uso eficiente del inmueble. El técnico, por lo general, puede basar estas recomendaciones en función de una guía de ahorro y eficiencia energética, como:

  • Guía práctica de la energía.
  • Guía de eficiencia energética básica del ciudadano.
  • Guía de ahorro energético.

Comprobación de los certificados de eficiencia energética

Los certificados de eficiencia energética luego de ser registrados pasan por un control para comprobar la veracidad de la información allí asentada.

Cada órgano competente de la comunidad autónoma puede tener sus propios sistemas de control, el cual se puede realizar empleando métodos de muestreo en base a los certificados de eficiencia energética expedidos anualmente.

Normalmente implica al menos alguna de estas acciones:

  • Verificación de la validez de los datos de base del edificio utilizados y los resultados.
  • Comprobación completa de los datos de base del edificio utilizados para expedir el certificado de eficiencia energética, de los resultados consignados en el certificado, incluyendo las recomendaciones de mejora formuladas, y visita in situ del edificio.

La ejecución del control puede llevarse a cabo por el órgano competente de la comunidad autónoma o bien por agentes independientes autorizados para este fin.

Si la calificación de eficiencia energética que se obtiene luego de la comprobación, difiere de las presentadas, se informa al promotor o propietario y se le otorga un plazo determinado para su subsanación.

Si no es posible resolverse las discrepancias, será preciso tramitar un nuevo certificado de eficiencia energética y efectuar nuevamente correspondiente registro.

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El Certificado Energético debe ser realizado por un Técnico Competente

Para que el Certificado Energético sea legal debe ser elaborado por un técnico competente.

Se considera como tal a todo que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitadas para la redacción a de los proyectos de edificación, para la dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la suscripción de certificados de eficiencia energética.

Esto esta estipulado en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

Del mismo modo, se consideran competentes los técnicos que dispongan de titulación universitaria con la habilitación para el ejercicio de las profesiones reguladas descritas según lo dispuesto en el artículo 12.9 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

Aquí mencionamos de manera no exhaustiva a los técnicos competentes para suscribir el este documento:

  • Arquitectos
  • Arquitectos técnicos o aparejadores
  • Ingeniero Aeronáutico
  • Ingeniero Agrónomo
  • Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos
  • Ingeniero Industrial
  • Ingeniero de Minas
  • Ingeniero de Montes
  • Ingeniero Naval y Oceánico
  • Ingeniero de Telecomunicación
  • Ingeniero Técnico Aeronáutico
  • Ingeniero Técnico Agrícola
  • Ingeniero Técnico Forestal
  • Ingeniero Técnico Industrial
  • Ingeniero Técnico de Minas
  • Ingeniero Técnico Naval
  • Ingeniero Técnico de Obras Públicas
  • Ingeniero Técnico Telecomunicación
  • Ingeniero Técnico Topógrafo
  • Ingeniero Químico

Certificado de eficiencia energética suscrito por distintos técnicos ¿Es posible?

El certificado de eficiencia energética debe estar suscrito por un solo técnico competente, el cual será el responsable de lo allí detallado.

No obstante, el técnico competente puede contar con uno o varios técnicos ayudantes, de igual forma estos deben poseer la formación y titulación necesaria que les permita manejar las diversas actividades requeridas apara la emisión el documento

Podrán actuar como colaborares en el proceso de certificación energética de edificios, llevando a cabo la toma de datos, empleo de herramientas y programas informáticos reconocidos para la calificación energética.

También pueden colaborar en el establecimiento de las medidas de mejora de la eficiencia energética, así como la gestión de trámites administrativos.

Esta figura se conoce como Técnico ayudante y cabe destacar que un técnico competente podrá también actuar como técnico ayudante.

Multas por Certificados de Eficiencia Energética no válidos

El incumplimiento de los preceptos establecidos en Real Decreto implica sanciones de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional duodécima del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

Existen desde infracciones leves hasta muy graves. Las primeras (leves) son derivadas de publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios sin el certificado de eficiencia energética o incumplir las obligaciones de renovación o actualización de certificados de eficiencia energética, cuyas multas rondan entre los 300 a 600 euros.

Las graves pueden llegar hasta los 1000 euros por vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o arrendador entregue el certificado de eficiencia energética, válido, registrado y en vigor.

Y finalmente, las muy graves, son sanciones desde 1000 a 6000 euros por publicitar irresponsablemente la venta o alquiler de edificios o parte de edificios con una calificación de eficiencia energética no respaldada por un certificado vigente y registrado o presentar certificados energéticos falsos.

¿Como saber si un certificado de eficiencia energética es legal u oficial?

Para saber si un certificado de eficiencia energética es legal u oficial la mejor opción es consultar el Registro público de certificados de eficiencia energética de cada Comunidad Autónoma o una nueva herramienta que resulta útil y es el Geo portal Edificios Eficientes.

¿Qué es el Geoportal Edificios Eficientes?

Es una herramienta, que recopila información sobre los certificados energéticos de los edificios e inmuebles residenciales y del sector servicio.

Arranco de modo piloto en Castilla y León, pero debido a su éxito el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) lo ha extendido al resto del territorio nacional.

Esta herramienta busca promover actuaciones en eficiencia energética, tales como las rehabilitaciones de los edificios y es un gran aporte sector inmobiliarios, empresas constructoras, instaladoras y empresas conexas.

A través del Geoportal se puede acceder al mapa de cada localidad y de forma gráfica se puede ver el etiquetado energético de los edificios, así como el certificado que corresponda a los inmuebles; puede señalar si el documento está caducado; o no lo poseen.

Otro aspecto interesante es que no solo aporta información sobre la certificación energética de edificios de la comunidad autónoma, si no que proporciona información sobre las subvenciones destinadas a la rehabilitación energética, y recomendaciones para reducir el consumo de energía y las emisiones de CO2.

Certificados Energéticos en Geoportal ¿De dónde salen?

En el Geoportal se puede acceder a información relacionada con:

  • Certificados de edificios

Los edificios que poseen un certificado de eficiencia energética están representados gráficamente con colores y no se asigna color a los edificios que no tienen el registro de su certificado de eficiencia energética.

Los colores asignados están basados en la escala de eficiencia energética.

  • Certificados de inmuebles

Se representa la información de manera gráfica de los inmuebles que tienen un certificado de eficiencia energética.

La representación gráfica se proyecta cuando el edificio tiene al menos un inmueble con el registro del certificado de eficiencia energética.

El color asignado a los edificios con certificados se basa en la mediana de los niveles de eficiencia energética de los inmuebles que están contenidos en el edificio y tienen el registro de su certificado.

  • Estimación de certificados de inmuebles

La información para este ítem deriva de un modelo predictivo entrenado con características geográficas y arquitectónicas de un conjunto de inmuebles utilizados como dataset de entrenamiento.

La representación gráfica de los edificios se realiza en función de la estimación de eficiencia energética para los inmuebles que están contenidos en el edificio.

El color asignado a los edificios se basa en la mediana de los niveles de eficiencia energética estimados para los inmuebles que están contenidos en el edificio.

Conclusiones sobre “¿Cómo saber que un certificado energético es legal u oficial?

  • Para que el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) sea legal debe estar debidamente registrado ante la autoridad competente en materia de energía en la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble.
  • Control técnico y administrativo. Si un CEE esta registrado es porque ha pasado la verificación y auditoria correspondiente, en caso contrario no tiene validez legal.
  • Para ser debidamente registrado este debe mostrar una estructura coherente con la normativa y estar avalado por un técnico competente.
  • Debe estar vigente, por ello se debe considerar que la vigencia del mismo es de 5 o 10 años dependiendo del caso.
  • Actualmente, existe una herramienta que permite verificar el etiquetado energético de los edificios y es el Geoportal Edificios Eficientes el cual está ahora disponible para todo el Territorio Nacional.
  • No hay que olvidar que es obligatorio presentar el Certificado de Eficiencia Energética para vender o alquilar un inmueble, de lo contrario el propietario puede ser sancionado.

La contratación de un Certificado de Eficiencia Energética con técnicos competentes es una decisión inteligente. Te permitirá tomar medidas para mejorar la eficiencia energética, estarás ahorrando dinero en tus facturas de servicios energéticos y reduciendo tu huella de carbono.

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