¿Sabías que han cambiado algunas condiciones para el Bono Social de Electricidad? Descubre aquí cuáles son los requisitos y demás detalles.

Es una realidad que el coste de la vida se ha incrementado y gran parte de la culpa la tiene el incremento de precio de la energía eléctrica. De hecho, es uno de los temas que más afecta a nuestro bolsillo.

Por esta razón, en la actualidad, se han tenido que desarrollar políticas para apoyar, de alguna manera, a los usuarios del servicio.

Por un lado, están las ayudas para mejorar la eficiencia energética que permiten tener un menor consumo energético y, por otro lado, están las alternativas como éstas dirigidas a asistir a los sectores más desfavorecidos.

bombilla luz social

¿Qué es el Bono Social de Electricidad?

Este bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica que permite descontar un determinado porcentaje de la facturación eléctrica de los usuarios que aplican para el mismo.

En definitiva, se trata de un descuento en la factura de la luz que está regulado por el Gobierno y tiene como finalidad proteger a los hogares considerados vulnerables o vulnerables severos debido a las condiciones socioeconómicas que presentan.

¿Cuál es el porcentaje de descuento?

El porcentaje de descuento oscila entre el 25% hasta el 40%, en base a la vulnerabilidad del consumidor:

  • Para consumidores vulnerables el descuento será del 25%.
  • Para consumidores vulnerables severos el descuento será del 40%.

Ampliación del descuento hasta 31/12/2023

Hay que destacar que este bono ya existía desde el 2009, pero gracias al nuevo Real Decreto Ley 18/2022, de 18 de octubre, se introdujeron algunos cambios que entraron en vigencia desde el 20 de octubre de 2022. De modo que aquellos usuarios que ya estaban siendo beneficiados gozaran de un incremento en los porcentajes de descuento, así como nuevos límites de consumo.

Algunos de los cambios introducidos fueron el incremento del descuento aplicable hasta 31/12/2023. De tal modo que los descuentos, en base a la vulnerabilidad del consumidor hasta finales del año 2023 quedan de la siguiente manera:

  • Para consumidores vulnerables el descuento será del 65%.
  • Para consumido vulnerables severos el descuento será del 80%.

Adicionalmente, si se trata de un consumidor en riesgo de exclusión social que está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, quedaran libres del pago.

Y si presentan imposibilidad temporal para hacer frente al pago, en ningún momento se les puede cortar el suministro eléctrico.

Tipos de consumidores de acuerdo la situación

  • Consumidores vulnerables, estos obtienen un descuento del 25% ampliable al 65% hasta diciembre de 2023
  • Consumidores vulnerables severos, gozan de un descuento del 40% ampliable al 80% hasta diciembre de 2023
  • Consumidores con riesgo de exclusión social: Exentos del pago de la factura eléctrica y no se le puede interrumpir el suministro.

También desde el 2021 se pueden ver beneficiados personas afectadas por el COVID19.

Requisitos Bono Social de Electricidad

Para ser beneficiado con el Bono Social de Electricidad es requisito tener contratada la tarifa eléctrica “Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor” (PVPC).

Esta tarifa fija el precio de la luz de acuerdo al diseño y regulación que establece el Gobierno, aunque, como sucede en el mercado libre, la factura de la luz sigue teniendo 3 componentes principales.

También es requisito para solicitar el Bono Social que tus ingresos no superan determinados niveles de renta, en caso de que seas pensionista, tengas una familia numerosa o seas perceptor del Ingreso Mínimo Vital.

Los requisitos varían según el tipo de consumidor por ello te lo explicaremos de manera detallada a continuación:

a) Requisitos Consumidor Vulnerable

Gozarán de un 25% de descuento, pero, excepcionalmente, y hasta el 31 de diciembre de 2023 esta deducción será del 65%.

Para beneficiarse es imprescindible cumplir con alguno de los requisitos que señalaremos:

  • Tener una renta individual o renta conjunta anual de la unidad de convivencia menor o igual al 1,5 x IPREM de 14 pagas. *
  • Poseer un título de familia numerosa.
  • Que el consumidor o todos los miembros que gocen de ingresos en la unidad de convivencia sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social.

Bien sea por jubilación o incapacidad permanente y que perciban la cuantía mínima vigente en cada momento. Además de no percibir otros ingresos cuya cuantía adicional anual sea mayor a 500 euros.

*Nota: Cuando la unidad de convivencia se conforma por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se ve incrementado en 0,3 por cada miembro adicional que sea mayor de edad y 0,5 por cada menor de edad.

b) Requisitos Consumidor Vulnerable Severo

Para aplicar a los descuentos de 40% ampliable a 80% hasta finales diciembre del año 2023 será preciso cumplir con alguno de estos requisitos:

  • Recibir una renta anual menor o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable.
  • En caso de poseer el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe recibir una renta anual menor o igual a 2 veces el IPREM de 14 pagas, es decir 212,56€.
  • Cuando el consumidor o todos los miembros que generan ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos que anualmente supere los 500 euros, a su vez el consumidor o el grupo debe recibir una renta anual menor o igual a 1 x IPREM de 14 pagas, en cifras seria de 8.106,28€.
  • Que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, aplicando los criterios de renta definidos en el primer ítem.

C) Requisitos consumidores en Riesgo de exclusión social

Entrarán en la categoría de consumidor en riesgo de exclusión social cuando el titular del contrato sea considerado vulnerable severo.

Es decir que cumpla con alguno de los requisitos señalados en la sección previa y que, además, esté siendo atendido por los servicios sociales de una Administración Pública que financien al menos el 50% del importe de su factura a Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).

Cabe destacar que en caso de imposibilidad temporal de pagar la factura no se les podrá cortar el suministro eléctrico.

D) Requisitos COVID 19

A los efectos del Real Decreto-ley 8/2021 del 4 de mayo, algunos consumidores podrán ser considerados vulnerables por COVID 19 para ello se debe comprobar que el titular del punto de suministro o los miembros de su unidad familiar, presenten tales situaciones:

  • Desempleo.
  • Afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE),
  • Si se trata de un empresario, se tendrá que demostrar que ha disminuido su jornada debido al cuidado de otros familiares u otras circunstancias similares se traduzcan en la pérdida sustancial de ingresos.

De igual modo el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar que correspondan al mes previo a la presentación de la solicitud del bono debe ser menor a:

  • 1,5 veces la doceava parte IPREM de 14 pagas, si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores de edad en ella.
  • 2 veces la doceava del IPREM de 14 pagas, su existe un menor en la unidad familiar.
  • 2,5 veces la doceava parte del IPREM de 14 pagas, si existen dos menores en la unidad familiar.

Estos multiplicadores de renta señalados en relación al índice IPREM de 14 pagas se pueden ver incrementados bajo ciertas circunstancias especiales cuando el consumidor o algún miembro de la unidad familiar:

  • Posea una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
  • Este ante situación de violencia de género.
  • Este bajo condición de víctima de terrorismo
  • Muestre dependencia reconocida de grado II o III
  • Exista un único progenitor y la unidad familiar este conformada por lo menos un menor.

¿A quiénes no se les puede cortar el suministro eléctrico?

A los consumidores vulnerables o vulnerables severos que cumplan alguna de las siguientes condiciones

  • En la unidad de convivencia esté presente al menos un menor de 16 años.
  • En unidad de convivencia se encuentre algún miembro con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
  • Presente algún miembro de la unidad de convivencia en situación de dependencia reconocida de grado 2 o 3.

Sobre el bono social de justicia energética

Bono social de justicia energética es una aplicación temporal establecida en el artículo 10 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre. Éste está dirigido a los hogares con bajos ingresos que se encentran golpeados por la crisis energética.

Hay que resaltar al respecto que es de carácter temporal y estará vigente solo hasta el 31 de diciembre de 2023.

Podrán optar al beneficio los consumidores titulares del punto de suministro de electricidad en su vivienda habitual que sean personas físicas y estén acogidos al PVPC.

Y en el caso que conformen una unidad de convivencia, deben cumplir con los requisitos de renta establecidos.

Si la unidad de convivencia la conforman más de una persona entonces el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementa en la misma proporción y bajo los mismos criterios que han sido establecidos en el artículo 3.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.

¿Cómo se solicita el Bono Social de Electricidad?

Para ser beneficiado por el bono social de electricidad es necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos fijados de acuerdo a la normativa y vistos en los párrafos precedentes.

El usuario debe remitir a la comercializadora el modelo de solicitud que se ha establecido en el anexo I de la Orden ETU/943/2016, de 6 de octubre.

solicitud bono social electricidad

 

Además de ello debe presentar la documentación acreditativa que se ha fijado en el artículo 2 y en el artículo 3 de dicha Orden.

Los consumidores finales de energía eléctrica quienes se beneficien por el bono de justicia energética no podrán ser a su vez beneficiarios del bono social térmico.

Para hacer la solicitud es necesario comunicarse por teléfono, correo electrónico, u otro medio directamente a la comercializadora que está en la obligación de ofrecerlo y financiarlo.

comercializadoras bono social

 

¡Existe un límite en el consumo de electricidad!

El hecho de ser beneficiario del bono no implica que puedas tener un consumo ilimitado, ten en cuenta el porcentaje de descuento está sujeto a un límite en el consumo de electricidad.

Si se supera ese límite, se tendrá que pagar la facturará de acuerdo a los precios que establece la tarifa regulada (PVPC) y sin ninguna reducción.

El límite establecido en el Real Decreto 18/2022, de 18 de octubre, es de un 15% kilovatios-hora con un tope anual en función de la categoría del consumidor, quedando así:

  • Demandante individual o Unidad de convivencia formada por dos personas, limite anual de 587 KWh
  • Unidad de convivencia formada por 3 personas, 2 personas y 1 menor o pensionistas, límite de 222 KWh.
  • Unidad de convivencia formada por 4 personas o 3 personas siendo dos de ellas menores, tendrán un limite anual de 698 KWh.
  • Unidad de convivencia de 5 o más personas, 4 personas siendo dos de ellas menores o familias numerosas dispondrán de un límite de 761 kwh.

Unidad de Convivencia Familiar

Antes de finalizar hay un concepto que vamos a agregar, ya que hemos hablado de él en todo el articulo y es importante que lo tengas claro

Las unidades de convivencia están conformadas por personas que residen en un mismo domicilio y estén unidas de alguna manera.

Bien sea por vínculo matrimonial, pareja, vínculo hasta el segundo grado de consanguinidad/afinidad, adopción o acogimiento familiar permanente y solo es posible pertenecer a una unidad de convivencia.

Beneficios del bono social de electricidad 2023

Además del descuento al que pueden optar las personas vulnerables descritas según el caso también existen otros beneficios asociados:

  • Se promueve una facturación eléctrica más transparente, el pago del servicio eléctrico consumido es directamente el precio de la energía además de los gastos de impuestos o peajes y no se puede añadir otros productos o servicios adicionales.
  • Quienes se benefician con el bono disponen de un lapso de tiempo más amplio para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores.
  • Imposibilidad de cortar el suministro eléctrico en caso de impago cuando apliquen circunstancias especificas como presencia de menores, discapacitados u otros casos explicados anteriormente.

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