¿Es obligatorio informar del certificado energético en un anuncio?
Al publicar un anuncio de venta o alquiler de una vivienda, es común que surjan dudas sobre los requisitos legales que se deben cumplir. Uno de los aspectos que más interrogantes genera es la obligatoriedad de incluir la calificación energética en el anuncio. ¿Realmente es obligatorio? ¿Qué consecuencias puede tener no hacerlo? Como hemos explicado en otros artículos el certificado de eficiencia energética (CEE) es un documento oficial que informa sobre el consumo de energía de un inmueble y su nivel de eficiencia. Este se otorga en forma de etiqueta con una escala de letras que va desde la "A" (mayor eficiencia) hasta la "G" y debe ser expedido por un técnico competente y tiene una validez de 10 años. Su objetivo principal es proporcionar información transparente a los compradores y arrendatarios, permitiéndoles conocer el gasto energético que supone la vivienda antes de tomar una decisión. ¿Qué dice la legislación vigente sobre el certificado energético? La normativa que regula el certificado de eficiencia energética en España se encuentra en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Esta legislación establece que es obligatorio disponer del certificado para la venta o alquiler de cualquier inmueble, con algunas excepciones, como edificaciones aisladas de menos de 50 m² o edificios protegidos en los que la reforma pueda afectar a su valor patrimonial. Según el decreto, la calificación energética debe incluirse en cualquier oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o alquiler del inmueble, ya sea a través de una inmobiliaria, una web o un anuncio particular. ¿Es obligatorio informar del certificado energético en un anuncio? La respuesta es un [...]