Reflexiones acerca del Certificado de Eficiencia Energética
Siendo conscientes del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril del presente año mediante el cual y desde el pasado 1 de junio, las viviendas en venta o en alquiler y los inmuebles anteriores a 2007 (salvo los mencionados en dicho Real Decreto) deben disponer de un Certificado de Eficiencia Energética, desde nuestro grupo de profesionales nos vemos en la obligación, tanto para los técnicos competentes como para el bien del cliente, de informar o mejor dicho establecer una reflexión sobre la calidad y el aprovechamiento del Certificado de Eficiencia Energética.
Es un hecho que el rango de calidad y precios de los certificados energéticos en muy amplio, debido a la alta oferta, de modo que el propio consumidor se puede “beneficiar” económicamente de este hecho. No obstante, este certificado, desde el punto de vista más práctico, se ha introducido para aportar una información sobre el inmueble objeto de compra-venta o alquiler que hasta ahora no se ha tenido apenas en cuenta y que en realidad, supone un factor económicamente importante, el cual responde al consumo y emisiones del mismo. Un buen certificado energético nos puede dar información acerca del ahorro anual de energía que obtendremos con respecto a otro inmueble de peores características. Si este certificado comienza a adquirir el protagonismo que debe, las viviendas con puntuaciones más bajas reducirán su precio de mercado mientras que las mejor valoradas se mantendrán en precio.
Cada día proliferan más las ofertas con precios cada vez más baratos, tiempos de entrega casi al instante y lo más sangrante de todo: emisión del certificado sin la visita al inmueble.
Es importante que el usuario sea consciente de que un certificado emitido bajo cualquiera de estos parámetros carece de validez y aporta nula información acerca del inmueble certificado. La correcta realización del certificado implica la visita OBLIGATORIA al inmueble, una toma de datos que según características puede establecerse entre 1 y 3 horas y luego un posterior tiempo de análisis, gestión de esos datos e implementación en el programa informático que tiene un rango de tiempo estimado de unas 2 horas (para viviendas sencillas en el programa Ce3x) y de hasta 3-4 días (en programas tales como Calener). Todo este tiempo invertido tiene unos costes, y que obviamente a menor precio muchas veces la calidad del certificado se reduce exponencialmente.
A todo esto cabe añadirle que el certificado de eficiencia energética sin su registro en el órgano competente de cada comunidad autónoma, nos puede hacer objetivo (tanto al propietario como al técnico redactor) de sanciones por parte de la autoridad competente. De igual manera si en su revisión por parte de las autoridades se detectasen parámetros erróneos seríamos objeto de estas mismas sanciones.
¿Vale por tanto arriesgarse a sanciones que van desde los 300 a los 6000 € por haber confiado nuestro certificado a la oferta más barata? ¿O vale más la pena pagar un poco más por un trabajo bien hecho que nos permita despreocuparnos en el futuro de posibles consecuencias negativas? Cada uno que saque sus propias conclusiones.