Verdades y mentiras sobre el Certificado Energético

escrito por EFENOR

Vivimos en un mundo en el que ser honrado y humilde es cosa de unos pocos, mientras que otros tantos se empeñan en trampear y engañar mirando solo por su beneficio. Es lo que está sucediendo en el campo de la certificación energética, donde estamos hartos de ver precios irrisorios y ofertas fraudulentas, que lo único que conseguirán es acabar con un yacimiento de trabajo antes incluso de que llegue a nacer.

A raíz de toda la vorágine dispuesta por la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013 sobre la Certificación Energética de Edificios, entre técnicos certificadores y empresas relacionadas del sector, desde EFENOR queremos incidir sobre una serie de dudas que han surgido, y algunas de ellas resueltas de un modo incorrecto.

1. No es necesario el visado del Certificado de Eficiencia Energética por parte de un Colegio profesional, con lo que dichas tasas no deben ser contabilizadas en el precio final del informe.

2. El registro del Certificado de Eficiencia Energética debe de ser realizado por el PROPIETARIO del inmueble a certificar o bien por medio de un representante legal. El registro pertinente de la Comunidad Autónoma, en el caso de Cantabria,  en la Consejería de Industria situada en el PCTCAN.

3. Existen técnicos que ofrecen la realización del certificado literalmente "desde casa", sin acudir al inmueble. Es obvio que abarata el coste final del informe, pero esto representa falsificar de una forma flagrante su expedición. Dicha infracción, recogida en las enmiendas al Real Decreto 235/2013 supone una infracción MUY GRAVE.

4. Dentro de dichas enmiendas, se hace patente que serán objeto de infracción LEVE publicitar la venta o alquiler y de infracción GRAVE la venta o alquiler de edificios o parte de ellos. Esto supone que tanto PROPIETARIOS como ANUNCIANTE están expuestos a sanción sin el correspondiente Certificado de Eficiencia Energética. Para cualquier duda sobre las sanciones: http://tr.im/42vqv

Con estas premisas, desde EFENOR hemos querido redactar este documento aclarando la incertidumbre suscitada por un Real Decreto incompleto y ambiguo, que algunos técnicos están aprovechando para engañar al cliente.

Esperemos sea de ayuda para alguien.

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