Registros de certificaciones energéticas

Certificado Energetico

Después de varios años esperando que el gobierno central hiciera la transposición de la Directiva 2002/91/CE y Directiva 2010/31/UE por fin el 5 de abril del 2013 se publicó en el BOE el Real Decreto 235/2013 por el que se aprobó el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, pero esta espera solo fue el principio ya que ahora nos toca esperar a que algunas Comunidades Autónomas creen los mecanismos necesarios para que el Certificado Energético que contempla dicho Real Decreto sea registrado.

 

Voy a estudiar las comunidades autónomas del sur de España:

Andalucía: Es una de la cola ya que no tiene normativa regulatoria, por ello el registro no está creado.

- Murcia: Es la “Dirección General de Energía” el órgano en el cual se pueden registrar de forma presencial y con un coste aproximado de 7.57€

Extremadura: Es la “Consejería de Fomento Dirección General de Arquitectura y Programas Especiales de Vivienda” es el órgano en el cual se puede presentar de forma presencial el certificado energético.

Castilla y la Mancha: Es la “Dirección General de Industria, Energía y Minas” el órgano en el cual se pueden registrar el Certificado Energético de forma presencial y telemática.

Canarias: Es la “Consejería de Empleo, Industria y Comercio” el órgano en el cual se pueden registrar el Certificado Energético de forma telemática por el técnico competente previa autorización del cliente y de manera gratuita.

Esta ausencia de implicación por parte de la Junta de Andalucía hace que muchos clientes tengan incertidumbre y no se arranquen a certificar sus inmuebles. Esto no debería de ser así ya que un contrato celebrado a partir del 1 de junio del 2013, el cual no disponga de Certificado energético Original para la venta o fotocopia para el alquiler en caso de conflicto podría considerarse nulo.

Recordad que el Registro del certificado de eficiencia energética es obligatorio. No sólo basta con el documento, certificado energético, emitido por el técnico habitado sino que este certificado hay que registrarlo según los criterios de cada Comunidad Autónoma. En general, el registro lo suele realizar el propio certificador energético para agilizar la gestión al propietario.

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