El Registro de Certificado y las Comunidades Aútonomas

Desde el día 1 de junio de 2013 los profesionales dedicados a la Eficiencia Energética, somos conocedores de la norma relativa a la Certificación, no podemos decir lo mismo de los particulares y de muchas administraciones Autónomas.

A los ciudadanos nos obligan nos exigen, recomiendan, requieren, etc. Pero ¿cómo es posible que una norma que estaba cantada desde hace meses, que meses años, no tengan en marcha las herramientas necesarias?

Los encargados de registrar por delegación son las Comunidades Autónomas.

La norma obliga desde el día 1 como hemos dicho al inicio, la obligatoriedad de la existencia de un Certificado de Eficiencia Energética, incluso para publicitar inmuebles locales, viviendas y otro tipo de construcciones que regula el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril.

Pero cuál es la sorpresa de profesionales y particulares, que no funciona el registro obligatorio. Además de qué aun no funciona, no existe. Excusa de la administración, “se encuentra en desarrollo y para una mayor seguridad jurídica para los administrados queremos hacerlo bien” pero hombre, eso tenía que darse por supuesto y obligatorio. Y no hemos tenido tiempo antes de ejecutarlo de forma adecuada en los plazos de aplicación, suena como la siguiente excusa, “la administración Central lo ha hecho a prisa y corriendo”. Pues hay te doy la razón en parte, de hecho reconozco que el RD es ambiguo a la hora de los Técnicos, bueno ambiguo tampoco lo veo yo así, pero claro en estos tiempos que nos ha tocado vivir nos agarramos a cualquier cosa que podamos explotar para poder facturar y así alimentar a nuestras familias y empleados.

Pero centrándonos en el organismo regulador y obligado al registro que como he comentado anteriormente son las Comunidades Autónomas, la mayoría no tienen en funcionamiento los Registros. Pero a más alguna Comunidad ha llegado a registrar alquileres posteriores a la fecha de obligatoriedad de la norma y sorpréndanse sin Certificado de Eficiencia, ¿por picardía del propietario de la vivienda? No, por desconocimiento y ahora que, si le denuncia el inquilino al amparo de la norma.

La verdad que las Comunidades Autónomas en lo relativo a los Registros del Certificado, deberían ir poniéndose las “pilas” como lo hacen con los ciudadanos y profesionales. También he de decir que no son todas, algunas lo tienen en marcha desde el mismo día de entrada de la norma. Esto facilita a los particulares y técnicos su día a día.

Generar una seguridad a los demandantes del Certificado, la sensación de disponer de un documento el cual no saben muy bien qué hacer con él y más si cabe si lo necesitarán. Esto como ya he explicado genera una incertidumbre a los clientes y es abono de individuos no cualificados que suplantan a los auténticos profesionales a unos precios de escándalo que los auténticos Técnicos no pueden llegar al tener que hacer frente a las obligaciones mercantiles.

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